QUE HAY QUE SABER
Escrito por Andrés Loaiza
Muchos conductores, ya sea por seguridad, por comodidad, por privacidad o por moda, deciden polarizar los vidrios de sus vehículos. Sin embargo, más que ser un asunto estético, es un tema reglamentado por las autoridades de tránsito que requiere de una serie de trámites y, lo más importante, es un tema relacionado con la seguridad vial pues puede afectar tu visibilidad al conducir.. Conoce lo que debes saber acerca de este tema.

¿PARA QUÉ SIRVEN?
Una película de seguridad o película protectora es una lámina que se pega al vidrio de un auto para evitar que, al quebrarse, produzca lesiones ya sea el conductor o los pasajeros del mismo. Además sirve para regular el paso de la luz solar al habitáculo del automóvil, haciéndolo más oscuro y fresco. Esto suele ser especialmente útil en zonas de temperaturas muy altas donde filtrar parte de la luz solar ayuda a tener una temperatura más agradable dentro del carro.
Sin embargo, estas no le dan resistencia extra a los cristales del carro, así que no le dará protección adicional en el momento de un accidente de tránsito. Quiere decir que si quieres ponerle estas películas a tu auto, la seguridad de los cristales no es mayor si se utilizan películas polarizadas.
REGLAMENTACIÓN
Hay que tener en cuenta que poner una película protectora en tu carro es una forma de polarizar los vidrios que está regulado en el país por medio de la resolución 033777 del Ministerio de Transporte 17 de junio de 2003 y tiene unas limitantes muy específicas. Entre ellas están:
- “Se entiende por vidrio polarizado, entintado u oscurecido, aquel que mediante un proceso físico o químico ha perdido su estado incoloro, impidiendo parcial o totalmente la visibilidad desde el exterior hacia el interior del vehículo”.
- Podrán circular por las vías del territorio nacional sin requerir autorización alguna, por este concepto, aquellos vehículos que posean vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, que cumplan las siguientes características, de acuerdo con la ubicación de los vidrios en el automotor:
1. Materiales de acristalamiento requeridos para la visión directa del conductor: vidrios para parabrisas laminados, algunos ventíleles y puertas delanteras, cuya transmisión luminosa sea superior o igual al setenta por ciento (70%), y
2. Materiales de acristalamiento requeridos para la visión indirecta del conductor en vehículos dotados de espejos retrovisores externos a ambo s lados del mismo. Vidrios laterales traseros cuya transmisión luminosa sea superior o igual al cincuenta y cinco por ciento (55%) y, vidrios cuartos traseros y de la quinta puerta, cuya transmisión luminosa sea superior al catorce por ciento (14%).
- Para circular por el territorio nacional con vehículos que posean vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, cuyo porcentaje de transmisión luminosa sea inferior a los establecidos en los numerales 1 y 2 respectivamente del artículo anterior, se deberá solicitar un permiso ante el Ministerio de Defensa a través de la Policía Nacional.
- Se multará con 8 salarios mínimos diarios legales vigentes a los conductores de un automóvil con los vidrios polarizados que no cumplan con estas disposiciones.
- De cualquier manera, ten en cuenta que de por sí en las noches puedes ver un 50% menos que de día, así que mientras menos oscurezcas la visión dentro de tu vehículo mejor, pues si bien puedes mejorar la temperatura durante el día, en horas nocturnas la visibilidad puede ser peligrosamente reducida. Ten cuidado con este tema.
- Si vas a instalar películas polarizadas en tu vehículo, exige en el lugar donde realicen la instalación que te den un certificado sobre el porcentaje de oscurecimiento que le realizaron a los vidrios y sobre la calidad del trabajo realizado. Mantenlo siempre a la mano en caso de que una autoridad de tránsito lo solicite.
TRÁMITES
Para solicitar el permiso de instalar vidrios polarizados en un vehículo con una película más oscura que las consignadas en el apartado anterior, se debe presentar ante la Policía Nacional la siguiente documentación:
- Solicitud dirigida al Director Central de Policía Judicial de la Policía Nacional.
- Copia del recibo de consignación al respectivo Comando de Metropolitana o Departamento de Policía por valor de veinte salarios mínimos diarios legales vigentes (20 SMDLV), equivalentes a los costos del estudio de seguridad de la persona y a la revisión técnica del automotor.
- Certificado expedido por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en la que se justifique la necesidad por motivos de salubridad. Si el vehículo tiene blindaje anexar resolución de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, donde autoriza el blindaje y el nivel.
- Fotocopia de la licencia de tránsito y seguro obligatorio del vehículo.
- Paz y salvo de impuestos y gravámenes del vehículo.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del interesado o NIT de la persona jurídica.
- Certificado de la Cámara de Comercio para persona jurídica, donde aparezcan registrados los nombres del representante legal y personas que serán titulares del permiso, con expedición no superior a 30 días.
- Certificado de domicilio de la persona que hará uso del permiso expedido por el Comandante de la Policía del lugar.
- Certificado Judicial vigente de la persona que hará uso del permiso.
- Oficio mediante el cual se establezca el registro ante la Cámara de Comercio, el objeto y la razón social de la empresa o establecimiento comercial que realizará el polarizado, entonamiento u oscurecimiento de los vidrios en caso de ser aprobada la solicitud, la cual debe estar registrada debidamente ante la cámara de comercio.
- En caso de ser aprobado el permiso deberá presentar copia del recibo de consignación a nombre la Dirección Central de Policía Judicial por valor de diez salarios mínimos diarios legales vigentes (10 SMDLV) al momento de la notificación.
- El permiso para vidrios polarizados, entintados u oscurecidos es de carácter personal e intransferible, tendrá vigencia de dos (2) años a partir del otorgamiento.
¿QUÉ TANTO PROTEGE?
Una película de seguridad puede proteger a los ocupantes de un vehículo del golpe con un palo, una piedra o incluso de las esquirlas tras chocar con otro vehículo. Sin embargo, la película no es un blindaje como tal y en ningún caso ayuda a contener un disparo de un arma de fuego, aunque en muchos lugares circule ese mito.
En cuanto a los temores de que un carro con la película pueda atrapar a sus ocupantes en su interior en caso de accidente, los expertos aseguran que no es cierto, pues la protección cede después de varios golpes y se puede quitar entera, sin dejar fragmentos de vidrio en los marcos de las ventanillas, lo cual en últimas es beneficioso para sus ocupantes.
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